lunes, 13 de diciembre de 2010

La Ley de Educación Superior


LA LEY DE EDUCACIÓN SUPERIOR.

La Ley Orgánica de Educación Superior, publicada en el Registro Oficial # 298 del martes 12 de octubre del 2010, en su articulado, mayoritariamente, recoge lo que ha sido el sentir popular, que impotente miraba, la reprochable manera de manejar la Universidad Ecuatoriana, so pretexto de su AUTONOMÍA, en donde engrosaban las filas de los: profesores, trabajadores y empleados, adeptos y familiares de las Autoridades de turno o de sus “dirigentes”, hasta para ser contratado, había que esperar el “Visto Bueno” de esos falsos dirigentes.

El Art. 47 de la citada Ley, textualmente puntualiza: “Órgano Colegiado Académico Superior.- Las universidades y escuelas politécnicas públicas y particulares, obligatoriamente tendrán como autoridad máxima a un órgano colegiado académico superior, que estará integrado por: autoridades, representantes de los profesores, estudiantes y graduados.
Para el tratamiento de asuntos administrativos se integrarán a este órgano, los representantes de los servidores y trabajadores.
Las universidades y escuelas politécnicas conformarán Comités Consultivos de graduados, que servirán de apoyo para el tratamiento de los temas académicos. La conformación de estos comités, se hará de acuerdo a lo que dispongan sus respectivos estatutos”.

"Se llama colegiado a un órgano cuando está integrado por varias personas físicas que se encuentran en un plano que pudiéramos llamar horizontal, de forma que sea la manifestación ideológica, (voluntad o juicio), colectivamente expresada por todas esas personas la que se considere manifestación del órgano".

A nuestra universidad ecuatoriana, se le hace urgente reformar sus estatutos, para de esa manera encuadrarse en la nueva Ley, los miembros del Consejo Universitario, tienen que ser electos por votación universal y tienen su participación específica; ya no caben los representantes de gremios o sindicatos, que haciendo uso de “las bases”, han venido manteniendo en funciones a quienes por edad, salud o irresponsabilidad, nada tienen que hacer en esos Centros de Estudio Superior.

En el Régimen de Transición, de esta misma Ley, su Cuarta Disposición dice: “Hasta que se aprueben los reglamentos previstos en la presente Ley, seguirá en vigencia la normativa que regula el sistema de educación superior, EN TODO AQUELLOS QUE NO SE OPONGA A LA CONSTITUCIÓN Y A ESTA LEY”.

Esperemos que todas las autoridades de la universidad ecuatoriana, estén dispuestos a asumir con valentía y entereza el rol que les toca cumplir, en lo referente a la nueva Ley que rige a las universidades y politécnicas del País; que no se dejen sorprender o amenazar por gremios, sindicatos o asociaciones, que suponen les están restando sus “poderes” y amenazan con asambleas de las “bases”, para, sin ningún reparo, anunciar una paralización o “pedir la cabeza” de X, Y o Z autoridad.

No hay comentarios:

Publicar un comentario