Dados los conceptos antojadizos que se
le da a “ignorante”, es necesario partir de la premisa: “Nadie es sabio, todos
somos ignorantes”.
En los rotativos locales hemos podido
leer una información, con diferentes títulos pero que en esencia es la misma,
en la que se narra la posición de los transportistas que anuncian
“movilizaciones”, para, como siempre, exigir medidas que vayan en beneficio
directo de sus bolsillos, sin considerar que son lo únicos “trabajadores”, que
tienen exoneraciones en su “herramienta de trabajo”, que dicen es el vehículo.
Una de las pretensiones que plantean, es
de que: “Se endurezcan las leyes en contra de los conductores informales”; es
decir, que se siga manteniendo el monopolio del transporte de pasajeros en
buses y taxis amarillos, cuando lo prohíbe la Constitución, su posición, en
aras del derecho ciudadano de la LIBERTAD AL TRABAJO, debe ser de que: las
Comisiones Provinciales de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial, sean las que
controlen y den paso al funcionamiento de las Operadoras de Transporte en
Furgonetas y Taxis Ejecutivos, UNO: porque ya tiene que eliminarse ese
centralismo quiteño, DOS: porque el ciudadano tiene libertad de escoger el medio
de transporte que le venga en gana, solamente faltaría que se les ocurra que se
supriman los vuelos a Quito, Cuenca, Guayaquil, etc; porque se les antoja que debemos
viajar en buses. Decisión que hay que respetarla, porque viene de la “Fuerza
del Transporte”.
Que elevarán las tarifas, habría que
preguntarles, con cuánto se favorecen al entregarles buses y taxis exonerados
del total o parte de los impuestos; y, deberían autointerrogarse, “Por que no
se exonera: machetes, azadones, lampas, podones, martillos, serruchos,
taladros, brochas, pinturas, carretillas, barretas, botas, cascos, explosivos,
etc, etc, que también son “herramientas” para otro sector de obreros?...y no
precisamente que exploten y maltraten al usuario.
Pero esto si que es el colmo, contra
toda ley: “¿Nos han preguntado acaso si
los choferes o transportistas, estamos de acuerdo en ser los financistas de las
arcas de los municipios del País?... Se ignora que, la Constitución de la
República, LEY SUPREMA DEL ESTADO ECUATORIANO, en su Art. 264, numeral 6, al
normar las “Competencias exclusivas de los gobiernos municipales”, dice:
“PLANIFICAR, REGULAR Y CONTROLAR, EL TRÁNSITO Y EL TRANSPORTE PÚBLICO DENTRO DE
SU TERRITORIO CANTONAL”.
En primer lugar, no se puede anotar
“choferes o transportistas”, porque, los choferes son los verdaderos obreros
del volante, los transportistas son los empresarios del transporte; por otra
parte, habría que reformar la Constitución.
Antes que estar pensando en conformarse
en un partido político, como en la misma información manifiestan los
transportistas, deben hacer uso del Art 442 de la Ley Suprema del Estado
Ecuatoriano, para plantear esa reforma que necesitan, caso contrario, tienen
que sujetarse a esta Ley, que en su Art. 426, dice: “Todas las personas,
autoridades e instituciones, están sujetas a la Constitución”.
Sep 28/2010
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