viernes, 6 de abril de 2012

CRONOLOGÍA DE LA ACCIÓN DE PROTECCIÓN(2009-2012)


CRONOLOGÍA DE LA ACCIÓN DE PROTECCIÓN 978-2009 CONTRA EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN. POR EL PROF. JOFFRE ROLDÁN I.
Machala, 12 de marzo de 2012.

Desde noviembre del año 2009; 105 profesores jubilados, bajo el patrocinio del Abg. Rómulo Cuesta Pazmiño y como Presidente y Procurador Común el Profesor Joffre Roldán Izquierdo, viéndose  afectados en su Derecho Constitucional, en el estímulo económico al acogerse a la jubilación, contemplado en la Disposición Transitoria Vigésima Primera de la Constitución; plantearon ante la Corte Provincial de Justicia de El Oro, una Acción de Protección, figura legal que la señala la Ley Suprema del Estado, exclusivamente cuando no se ha respetado algún “Derecho Constitucional”, juicio que tocó tramitarse en el Juzgado Primero de la Familia, la Mujer, la Niñez y Adolescencia, representado por la Abogada Vanessa Cevallos Gavilanes.

1.- En enero 14 del 2010, la Jueza sentencia en favor de los Profesores Jubilados, pese a las presiones y amenazas del Dr. William Cuesta Lucas, Director de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación; quien sustancialmente dice: “Se considerará como abono parcial los pagos realizados y reconocidos por los recurrentes, CUYO CÁLCULO Y PROCEDIMIENTO QUEDA EN SUSPENSO HASTA LA VIGENCIA DE LA LEY QUE ASÍ LO REGULE”
Después, los demandados, apelaron la sentencia ante la Corte Provincial de Justicia de El Oro; y, la Sala de lo Civil, señaló que nuestra sentencia, es:  “RATIFICADA EN TODAS SUS PARTES”; lo que fue notificado el 25 de marzo del 2010 a los demandados.

Frente a este segundo fallo, los accionados, plantearon una Acción Extraordinaria de Protección ante la Corte Constitucional, “Máximo Organismo en Materia Constitucional”, el mismo que les “INADMITIÓ”  LA ACCIÓN; y, según el Art. 440 de la Constitución, sus resoluciones son “definitivas e inapelables”; y, según el Art. 437, La C.C. admite una Acción Extraordinaria, “Cuando por acción u omisión se ha violado el debido proceso”; en su resolución se señala, que: “Los accionantes, (Ministerio de Educación), no han demostrado que se les ha violentado derecho alguno”, y después de INADMITIR dicha Acción, dicen: “De esta decisión no cabe recurso alguno y la misma causará ejecutoria”, esto se dio el 24 de noviembre del 2010, A LOS ONCE MESES MAS TRECE DÍAS, casi al año, esta Jueza Temporal, dispone se haga un nuevo Juicio, en el Tribunal Contencioso Administrativo, porque según ella, se ha violado el debido proceso, y es este Tribunal el Organismo que debe calcular los montos.

Cuando regresó el juicio al Juzgado inicial, se da otra BARBARIDAD JURÍDICA, en plena etapa de ejecución de la sentencia, la Ministra de Educación pide que “El expediente sea enviado a la Sala correspondiente de la Corte Provincial, para hacer prevalecer sus derechos institucionales conculcados”. La jueza concede ese pedido y le tocó a la Sala de lo Civil resolver.
La Sala de lo Civil, después de una clara explicación jurídica, señala que no se debió conceder el pedido de “Que se traslade el expediente a la Sala correspondiente”; disponiendo devolver el expediente a la Jueza de inicio, para “El trámite de rigor”.
El Abg. Luis Enríquez Ureña, “A ruego de mi Defendida”, (Así se expresa antes de firmar), pide una “Aclaración de la Providencia”; la Sala de lo Civil le responde en los términos mas radicales, calificando ese pedido, de “REPROCHABLE E INTOLERABLE”, puesto que la Providencia es “Evidentemente, clara y palmaria”; además, solicita al Consejo Provincial de la Judicatura, SANCIONE, si el caso amerita, por “Abuso del Derecho”, al citado Profesional.

 Como una última artimaña, la Ministra de Educación, deposita los DOS MILLONES CUARENTINUEVE MIL QUINIENTOS DÓLARES, ( $ 2‘049.500,oo), en la cuenta corriente del Juzgado. Además,  amenaza a la Jueza, con un escrito que entre otras cosas dice: “El dinero queda bajo su exclusiva responsabilidad”,  “Esta Cartera se reserva el derecho de iniciar acciones administrativas y judiciales, por haberse violado los artículos…………………………………………………..”. (Así, amenazada, qué iba a pagarnos la Jueza).

Se depositó el dinero el 04 de octubre del 2011, la Jueza envió ese valor en  cheque del Juzgado, para que el Director de Educación nos pague; pero, el Director de Educación, lo devolvió a la Jueza; y, ante nosotros, junto a su Abogado Luis Enríquez,  dijo: “Es cuestión que la Ministra ordene y les pagamos”.

El 28 de octubre, por disposición del Presidente del Consejo Nacional de la Judicatura de Transición,  se suspende a la Jueza de inicio, Abogada Vanessa Cevallos Gavilanes. El  LUNES, 31 de octubre, asume el despacho la Jueza Temporal, Abg. Mariuxi Díaz; quien nos dice que “Después del feriado se pronuncia”; efectivamente, el LUES 07 DE NOVIEMBRE, mediante providencia, dispone que el juicio pase al Tribunal Contencioso Administrativo, EXACTAMENTE LO QUE PIDIÓ SIEMPRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN; se suspendió a la Jueza Abg. Vanessa Cevallos, por pedido de la Ministra de educación a través del Dr. Carlos Cisneros Pazmiño, ENEMIGO NÚMERO UNO DE LOS MAESTROS JUBILADOS, y su reemplazo, Abg. Mariuxi Díaz, en menos de veinte horas de labor, dicta esa Providencia, que no es otra cosa que una BARBARIDAD JURÍDICA, UN ATROPELLO MAS A NOSOTROS, Inconstitucional desde todo punto de vista.

Los Demandantes somos Adultos Mayores, Grupo de Atención Prioritaria, según el Art. 35 de la Constitución;  y, “El Ecuador es un “Estado Constitucional de derechos, justicia social, …….”, Art. 1 de la Ley Suprema del Estado; Entre nosotros tenemos siete Compañeros fallecidos, otros en muletas, ciegos, en silla de ruedas, con enfermedades terminales, haciéndose quimioterapias y radioterapias, etc.

En el proceso está la liquidación que hizo la Dirección Provincial de Educación de El Oro, hecha por el “Servidor de Apoyo”, Pablo Fernández Osorio, del Departamento Financiero de esa Dependencia, valores con los que nosotros estamos de acuerdo; y, el dinero está en la Cuenta Corriente del Juzgado de la Familia, Niñez y Adolescencia de El Oro, que mantiene en al Banco del Pichincha. Nosotros estamos pidiendo al Tribunal Contencioso Administrativo, se respeten esos montos, se calculen sus intereses, y se disponga el pago.

El juicio lo tratará la Jueza de lo Contencioso Administrativo, en Guayaquil, Dra. Patricia Veintimilla, YA DESTITUYERON A VANESSA CEVALLOS, YA NOTIFICARON A LA MINISTRA DE EDUCACOÓN, este miércoles 14 de marzo, se le vence el plazo que tiene para presentar las “Excepciones perentorias”, o la mañosería que le dé la gana.





Abr /2012

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