viernes, 6 de abril de 2012

Jubilados 2009.




DEMANDARÁN AL MINISTRO DE EDUCACION.

El viernes 06 del presente mes y año, a partir de las 10H00, en una de las salas de sesiones del edificio de la UNE Provincial, se llevó adelante una reunión de los profesores jubilados del 2009, quienes resolvieron demandar al Ministro de Educación, ante un Juez de lo Civil, planteando un Derecho de Protección, por la violación al Derecho Constitucional que tienen, según la Disposición Transitoria Vigésima Primera que determina el “estímulo” que recibirán “las docentes y los docentes del sector público”.

La Asamblea estuvo dirigida por el Profesor Carlos Apolo y contó con la presencia del Abg. Rómulo Cuesta, quien asesoró con claridad el aspecto legal, demostrando que efectivamente se ha violentado un Derecho Constitucional; y, “Los Derechos Constitucionales, pasan a ser Garantías que otorga el Estado Ecuatoriano a los ciudadanos, los mismos que no pueden ser vulnerados por ningún concepto, la misma Constitución lo señala y ésta es la Ley Suprema”, supo manifestar.

El Ing. Civ. Joffre Roldán Izquierdo, que es uno de los jubilados en el presente año, dijo: La Disposición Transitoria Vigésima Primera, indica con claridad meridiana, que el estímulo, tiene como monto máximo ciento cincuenta salarios básicos unificados del trabajador privado, que siendo 218 dólares al momento, representa treinta y dos mil setecientos dólares; pero, como un atropello a nuestros derechos, se nos está entregando doce mil dólares, al amparo del Decreto Ejecutivo 1127 de junio del 2008, lo que igualmente es Inconstitucional, porque si bien es cierto que la citada Disposición XXI dice: LA LEY REGULARÁ LOS PROCEDIMIENTOS Y  MÉTODOS DE CÁLCULO, EL Art. 11 numeral 3 de la Constitución señala: Los derechos y garantías establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos, serán de directa e inmediata aplicación por y ante cualquier servidora o servidor público, administrativo o judicial, DE OFICIO O A PETICIÓN DE PARTE..
Para el ejercicio de los derechos y garantías constitucionales, no se exigirán condiciones o requisitos que no estén establecidos en la Constitución o la Ley.
Los derechos serán plenamente justiciables. NO PODRA ALEGARSE FALTA DE NORMA JURÍDICA PARA JUSTIFICAR SU VIOLACIÓN O DESCONOCIMIENTO, para desechar la acción por esos hechos ni para negar su reconocimiento. (hasta aquí el Artículo).
Entonces, como no va a existir Autoridad alguna que actúe de oficio, tenemos que demandar, al Ministro de Educación, al Presidente de la República o a quien sea el responsable de este atropello, el Decreto Ejecutivo que se está utilizando para jubilarnos, se contrapone a la Constitución; y, por mandato de la misma, “queda tácitamente derogado”, “carece de eficacia jurídica”, terminó diciendo.

También resolvieron en la reunión, coordinar con los jubilados a nivel Nacional, para que la demanda sea planteada en todas las Provincias del País; y, de ser necesario, llegarán hasta la Asamblea, en donde están seguros contar con el apoyo de los Asambleístas Profesores: Jorge Escala y la Orense Rocío Valarezo, a quienes se sumarían los Asambleístas que tienen gratitud a quien les enseñó a leer y escribir, por lo menos.

Los jubilados quedaron autoconvocados para el Martes 10 de noviembre, a las 12H00, en el mismo local, llevando la documentación con la que se sustentará la demanda.



Nov 07/2009

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