viernes, 6 de abril de 2012

JUBILACIÓN INCONSTITUCIONAL.




Como un “balde de agua fría”, cayó a los maestros elegidos para la Jubilación Voluntaria, el hecho de que se lo pretende hacer con el Decreto Ejecutivo 1127 del 5 de junio del 2008, violando la Constitución del Estado  en su Disposición Transitoria Vigésima Primera, a tal punto que muchos profesores expresaron su decisión de NO JUBILARSE, porque consideran esta actitud del Gobierno, como un atentado mas a la dignidad del Magisterio, así lo resolvieron en la reunión que se llevó a cabo a partir de las tres de la tarde del miércoles  en el Salón Eloy Alfaro de la Unión Nacional de educadores Núcleo de El Oro.

El caso es que, según la Disposición Transitoria Vigésima Primera de la Constitución de la República, el “estímulo para la jubilación de las docente y los docentes del sector público”, será de cinco salarios básicos unificados del trabajador privado por año, con un máximo de ciento cincuenta , como en la actualidad ese salario es de $ 218,oo ; ese estímulo tendrá como tope máximo $ 32,700.oo y no $ 20,000,oo como lo señala el Decreto que se quiere aplicar, para los docentes que tengan OCHENTA AÑOS O MAS DE EDAD Y CUARENTA O MAS DE SERVICIO DOCENTE; representando esto un disparate, ya que todos conocemos que el promedio de vida en Latinoamérica es de SESENTA Y CINCO AÑOS. La disposición Transitoria citada, también indica que: “La Ley regulará los procedimientos y métodos de cálculo”; consecuentemente, tienen que hacer esa Ley y no escudarse en que “todavía no existe”; los maestros supieron manifestar: “los Miembros del Congresillo, han hecho y han aprobado Leyes en contra del Magisterio, con una velocidad pasmosa, por qué no pueden hacer ésta, para así encuadrarse en la Constitución, que es su deber y del Presidente inclusive”.

Los profesores allí reunidos, hicieron alusión al Art. 424 de la Constitución que dice: “La Constitución es la norma suprema y prevalece sobre cualquier otra del ordenamiento jurídico. Las normas y actos del poder público, deberán mantener conformidad con las disposiciones constitucionales; en caso contrario CARECERÁN DE EFICACIA JURÍDICA”; igualmente los maestros expresaron su extrañeza en el sentido de qué, “Qué clase de asesores tiene el Presidente”, si lo que indica la Constitución es  por demás claro, un Decreto está muy por debajo de la Constitución, así lo dice este mismo Documento en su Art. 425 que  da  el orden jerárquico de las leyes, “hemos esperado para jubilarnos, creyendo en las palabras del Presidente que siempre manifestó el apoyo que merece el profesorado por ser el empleado peor remunerado y con la mas baja jubilación, por eso nuestro apoyo a él, pero nos decepciona su actitud, solidaria con un Ministro de la Partidocracia que él dice combatir; lo que se quiere hacer, es inconstitucional que va en perjuicio económico para nuestra clase”, terminaron diciendo.



Jul 16/2009

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