Como un “balde de agua fría”, cayó a los
maestros elegidos para la Jubilación Voluntaria, el hecho de que se lo pretende
hacer con el Decreto Ejecutivo 1127 del 5 de junio del 2008, violando la
Constitución del Estado en su Disposición
Transitoria Vigésima Primera, a tal punto que muchos profesores expresaron su
decisión de NO JUBILARSE, porque consideran esta actitud del Gobierno, como un
atentado mas a la dignidad del Magisterio, así lo resolvieron en la reunión que
se llevó a cabo a partir de las tres de la tarde del miércoles en el Salón Eloy Alfaro de la Unión Nacional
de educadores Núcleo de El Oro.
El caso es que, según la Disposición
Transitoria Vigésima Primera de la Constitución de la República, el “estímulo
para la jubilación de las docente y los docentes del sector público”, será de
cinco salarios básicos unificados del trabajador privado por año, con un máximo
de ciento cincuenta , como en la actualidad ese salario es de $ 218,oo ; ese
estímulo tendrá como tope máximo $ 32,700.oo y no $ 20,000,oo como lo señala el
Decreto que se quiere aplicar, para los docentes que tengan OCHENTA AÑOS O MAS
DE EDAD Y CUARENTA O MAS DE SERVICIO DOCENTE; representando esto un disparate,
ya que todos conocemos que el promedio de vida en Latinoamérica es de SESENTA Y
CINCO AÑOS. La disposición Transitoria citada, también indica que: “La Ley
regulará los procedimientos y métodos de cálculo”; consecuentemente, tienen que
hacer esa Ley y no escudarse en que “todavía no existe”; los maestros supieron
manifestar: “los Miembros del Congresillo, han hecho y han aprobado Leyes en
contra del Magisterio, con una velocidad pasmosa, por qué no pueden hacer ésta,
para así encuadrarse en la Constitución, que es su deber y del Presidente
inclusive”.
Los profesores allí reunidos, hicieron
alusión al Art. 424 de la Constitución que dice: “La Constitución es la norma
suprema y prevalece sobre cualquier otra del ordenamiento jurídico. Las normas
y actos del poder público, deberán mantener conformidad con las disposiciones
constitucionales; en caso contrario CARECERÁN DE EFICACIA JURÍDICA”; igualmente
los maestros expresaron su extrañeza en el sentido de qué, “Qué clase de
asesores tiene el Presidente”, si lo que indica la Constitución es por demás claro, un Decreto está muy por
debajo de la Constitución, así lo dice este mismo Documento en su Art. 425
que da
el orden jerárquico de las leyes, “hemos esperado para jubilarnos,
creyendo en las palabras del Presidente que siempre manifestó el apoyo que
merece el profesorado por ser el empleado peor remunerado y con la mas baja jubilación,
por eso nuestro apoyo a él, pero nos decepciona su actitud, solidaria con un Ministro
de la Partidocracia que él dice combatir; lo que se quiere hacer, es
inconstitucional que va en perjuicio económico para nuestra clase”, terminaron
diciendo.
Jul 16/2009
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